La inminente reforma del carnet por puntos sigue adelante y se encuentra ya en la fase de tramitación parlamentaria. Una vez aprobada por el congreso de los Diputados, un trámite que no debería tardar mucho en producirse, lo más probable es que la nueva normativa del permiso de conducir por puntos entre en vigor este mismo año 2021. Así lo ha anunciado la propia portavoz del Gobierno María Jesús Montero en rueda de prensa.

El proyecto de ley redactado por el Ministerio del Interior que modifica la Ley de Tráfico de 2015 contempla una serie de cambios en el sistema de puntuación que sancionarán más duramente los comportamientos más peligrosos al volante. El objetivo es ambicioso: reducir hasta en un 50% para el año 2030 el número de personas fallecidas y heridas graves en carretera, y acercarse al máximo a las cero víctimas en el año 2050.

Hasta 6 puntos por usar el móvil al volante:

Estos son algunos de los principales cambios en el carnet por puntos que se implantarán próximamente:

  • El uso del móvil se sancionará con la pérdida de tres puntos del carné si no se está sosteniendo con la mano.
  • El uso del móvil se sancionará con hasta seis puntos (el doble de la sanción actual) si lo sujeta el propio conductor.
  • Se elevará de tres a cuatro los puntos a detraer por no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección. Además, se incorpora como causa de la pérdida de esos mismos puntos el hecho de utilizarlos pero no hacerlo de manera adecuada.
  • Se unifica en un plazo de dos años el tiempo que deberá transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido el saldo entero.
  • Llevar en el interior del vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros pasará a ser considerado infracción grave, independientemente de que estén siendo utilizados o no. En ambos casos el conductor perderá 3 puntos del carnet.
  • La superación de cursos de conducción segura se compensará con 2 puntos adicionales, hasta un máximo de 15 puntos y con una frecuencia máxima de un curso cada dos años.

Desaparece el margen de 20 km/h en el límite de velocidad:

Otra novedad importante es que se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

También se añade como infracción muy grave la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción, o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. Estos supuestos serán sancionados con una multa de 500 euros y la imposibilidad de volver a presentarse a las citadas pruebas en un plazo de seis meses.